Antecedentes
En el año 2021 y derivado de la reforma laboral; se estableció que las empresas que prestan servicios especializados tenían la obligación de obtener su registro REPSE ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, el cual tiene una vigencia de 3 años, por lo que en este 2024 se debe de realizar la renovación de aquellos registros autorizados en 2021, a efecto de que las empresas prestadoras de servicios continúen con sus actividades conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y evitar la cancelación de su registro o alguna multa por la autoridad.
Sucesos Recientes
El 21 de febrero de 2024 se emitió un Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
Aquellos registros realizados en 2021 son los sujetos a renovación, por lo que los registros efectuados en años posteriores siguen conservando la vigencia de 3 años correspondiente.
Para la renovación del registro de las personas físicas o morales inscritas en el Padrón, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, a través de la plataforma http://repse.stps.gob.mx habilitará un módulo denominado "Renovación de Registro", al cual podrán ingresar únicamente durante el periodo definido por la vigencia de su primer registro, sin importar que hayan realizado una actualización o modificación en su registro.
En dicho acuerdo, se establece que en el momento de realizar la solicitud de registro o en su caso, de renovación, la persona física o moral que preste servicios especializados deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
De igual forma y como principal requisito, la autoridad requerirá documentos sobre capacitación, certificación, permisos o licencias, equipamiento, activos, capital social, rango salarial promedio, entre otros.
Así mismo, una vez revisada la información y documentación solicitada por la autoridad; esta deberá pronunciarse sobre la solicitud de registro o renovación dentro de los 20 días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud en la plataforma.
Una vez obtenida la renovación del registro, es necesario que el prestador de servicios especializados informe a los beneficiarios de sus servicios la renovación del registro en el REPSE.
En la siguiente liga se encuentra el acuerdo en donde se establecen los detalles y requisitos correspondientes.
