Pablo E. Reyes
Rogelio Flores

Publicación del Resumen Oficial del Caso García Andrade y otros vs. México en el Diario Oficial de la Federación

El 11 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el resumen oficial de la sentencia dictada el 22 de agosto de 2025 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “García Andrade y otros vs. México”.

La Corte declaró la responsabilidad internacional del Estado mexicano por violaciones a diversos derechos humanos en agravio de Lilia Alejandra García Andrade, joven madre de 17 años que trabajaba en una maquila en Ciudad Juárez quien fue privada de la libertad (desaparición) el 14 de febrero de 2001 al salir a trabajar y no regresó. Su madre, Norma Esther Andrade, reportó la desaparición, pero la policía le indicó que debía esperar entre 48 y 72 horas.

El 21 de febrero de 2001 se encontró el cuerpo de Lilia Alejandra en un terreno baldío en Ciudad Juárez, Chihuahua, con signos de estrangulamiento y violencia sexual. Sin embargo, la investigación, que se desarrolló entre 2001 y 2010, estuvo llena de deficiencias que, a la postre derivaron en la negativa de librar orden de aprehensión en contra de un probable responsable. Fue hasta 2023 que, tras la realización de nuevas pruebas en materia de genética, se logró vincular a proceso a una persona.

La mamá de Lilia Alejandra, Norma Esther Andrade, también sufrió violaciones a sus derechos humanos pues, al convertirse en activista para reclamar justicia por el feminicidio de su hija, sufrió dos atentados a su vida, uno con arma de fuego y otro con arma blanca, terminando archivadas las investigaciones ministeriales.

Los derechos violados son:

  • Derecho a la vida (art. 4 CADH), integridad personal (art. 5 CADH), libertad personal (art. 7 CADH), igualdad ante la ley (art. 24 CADH) y a vivir libre de violencia, en perjuicio de Lilia Alejandra García Andrade.
  • Derechos de la niñez (art. 19 CADH) y protección de la familia (art. 17 CADH), en relación con los hijos de la víctima y sus familiares.
  • Garantías judiciales (art. 8 CADH), protección judicial (art. 25 CADH) y derecho a la verdad (arts. 8.1, 13.1 y 25.1 CADH), por la falta de investigación adecuada y diligente.
  • Derecho a defender derechos humanos, reconocido en la jurisprudencia interamericana, en relación con los atentados sufridos por Norma Esther Andrade.

 

La sentencia ordena al Estado mexicano:

  • Continuar las investigaciones y procesos judiciales relacionados con los hechos.
  • Brindar atención médica y psicológica a los familiares.
  • Publicar y difundir el fallo en medios oficiales y de amplia circulación.
  • Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas.
  • Implementar diagnósticos normativos e institucionales para fortalecer políticas contra la violencia de género y las desapariciones.
  • Pagar indemnizaciones por daño material e inmaterial.

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