La Secretaría de Gobernación, en colaboración con la Secretaría de Relaciones Exteriores, ha emitido un comunicado oficial sobre la emisión temporal de visas para nacionales de la República del Perú. Esta medida temporal aplica para aquellos que deseen ingresar al territorio mexicano como visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas. Las visas, otorgadas a personas con pasaportes ordinarios, serán necesarias para quienes visiten México con fines turísticos, de negocios u otras actividades no lucrativas. Es importante destacar que este proceso de solicitud de visa es un requisito temporal para todos los visitantes peruanos que buscan ingresar al territorio mexicano.
El Acuerdo por el que se determina la aplicación temporal de visa ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 5 de abril, mismo que entrará en vigor a partir del 6 de mayo, después de lo cual, los visitantes deberán solicitar previo a su ingreso, la visa ante la autoridad consular mexicana.
Cabe señalar que los extranjeros portadores de visa vigente o residencia permanente de Canadá, Estados Unidos de América, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y/o cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen, podrán hacer uso de estas al ingreso, en alternativa a la visa mexicana.
Por su parte, el Gobierno del Perú, en aplicación del Principio de Reciprocidad internacional anunció mediante un Decreto Supremo la suspensión de exención de visa de turismo y negocio a los ciudadanos mexicanos portadores de pasaporte ordinario, no obstante, a días a partir de la publicación del Decreto, el gobierno peruano tomó la determinación de revocar su contenido y efectos, confirmando de esta manera, la exención de visa a los nacionales mexicanos, ello en apego a los principios rectores de la Alianza del Pacífico de la cual ambos estados forman parte.
