Contexto Regulatorio
El 16 de julio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR del H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). A partir del 16 de julio de 2026, la Firma Electrónica Avanzada (e.firma), cuyo certificado digital emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT), será el único certificado digital válido para que las personas empleadoras y demás sujetos obligados realicen actos ante el IMSS por medios electrónicos, incluidos los movimientos afiliatorios de alta, baja y modificación de salario.
El Acuerdo deroga el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y el certificado digital expedido por el propio IMSS, y por tanto deja sin efectos los acuerdos 43/2004 y 533/2006 publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 03 de marzo de 2004 y 07 de marzo de 2007, respectivamente, los cuales regulaban el uso de medios electrónicos en el cumplimiento de obligaciones patronales. Asimismo, dispone que la vinculación de representantes legales, administradores o figuras equivalentes que actúen a nombre de una persona empleadora o sujeto obligado, persona física o moral, deberá realizarse exclusivamente a través del Escritorio Virtual del IMSS, en el que tanto la persona representada como su representante deberán firmar de manera conjunta con su propia e.firma.
Se otorga un periodo de transición de 90 días naturales contados a partir de la publicación, que vence a mediados de octubre de 2026, para migrar al uso exclusivo de la e.firma.
Impacto Práctico
Las personas empleadoras que hoy operan sus trámites electrónicos ante el IMSS con el NPIE perderán ese canal de acceso al concluir el periodo de transición. El cambio alcanza a las áreas de nómina y recursos humanos, a los proveedores externos de maquila de nómina y a los grupos corporativos con múltiples registros patronales, que requerirán certificados de e.firma vigentes.
La exigencia de vincular a los representantes mediante el Escritorio Virtual con su propia e.firma resulta especialmente relevante para empresas cuyos apoderados son personas extranjeras sin certificado emitido por el SAT, así como para organizaciones en las que los trámites se gestionan por terceros bajo esquemas informales.
Consideraciones
Conviene verificar la vigencia de la e.firma tanto de la persona moral como de las personas físicas autorizadas que realizan trámites ante el IMSS, renovar los certificados vencidos, identificar quiénes operan actualmente con NPIE y concluir la vinculación de representantes en el Escritorio Virtual dentro del periodo de transición. También puede ser necesario revisar poderes y protocolos internos sobre trámites de seguridad social para reflejar el nuevo esquema de autenticación.
