El objetivo de esta nota es informarles que, el pasado 5 de agosto, la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (la “Comisión”), publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución General por la que se actualiza el monto del valor total de los activos previsto en el Artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera (la “Resolución”).
De conformidad con dicho artículo, la inversión extranjera requiere autorización previa de la Comisión para adquirir, directa o indirectamente, una participación superior al 49% del capital social de sociedades mexicanas, cuando el valor total de sus activos rebasa el umbral determinado anualmente por la Comisión.
En esta ocasión, considerando el crecimiento nominal del PIB de México en 2024 (6.1%) a través de la Resolución la Comisión fijó el nuevo umbral en $28,623,925,390.72 (veintiocho mil seiscientos veintitrés millones novecientos veinticinco mil trescientos noventa pesos 72/100 M.N.), equivalente a US$1,516,901,186.57 (mil quinientos dieciséis millones novecientos un mil ciento ochenta y seis dólares de los E.U.A. y 57/100) conforme al tipo de cambio oficial de Banco de México en esta fecha.
Este monto será aplicable a partir del 6 de agosto de 2025 y estará vigente hasta en tanto se emita una nueva resolución.
Asimismo, se abroga la Sexta Resolución General publicada el 24 de junio de 2024, que establecía el monto en $26,978,252,017.64 pesos (M.N.).
Los inversionistas extranjeros interesados en adquirir más del 49% de una empresa mexicana con activos superiores al nuevo umbral deberán obtener autorización previa de la Comisión, incluso si se trata de operaciones indirectas.
