Pablo E. Reyes
Rogelio Flores

Prohibición de Explotación de la Persona por la Persona en cualquier Contrato

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó un nuevo criterio jurídico que conforma jurisprudencia. Este criterio establece la prohibición de la explotación de la persona por la persona en cualquier contrato en el que se establezcan intereses moratorios o penas convencionales que puedan resultar en un provecho económico excesivo para una de las partes.

Datos de la Jurisprudencia

Tesis 1a./J. 141/2025 (11a.). Registro digital 2030860. Rubro “PROHIBICIÓN DE EXPLOTACIÓN DE LA PERSONA POR LA PERSONA. PUEDE ANALIZARSE EN CUALQUIER CONTRATO QUE CONTENGA INTERESES MORATORIOS, PENAS CONVENCIONALES U OTRO TIPO DE ESTIPULACIONES QUE PUEDAN RESULTAR EN UN PROVECHO ECONÓMICO EXCESIVO PARA UNA DE LAS PARTES”. Amparo directo en revisión 7997/2023.

Antecedentes del Caso

Una empresa fue demandada por el incumplimiento de un contrato de arrendamiento en el que se había pactado una cláusula de intereses moratorios sobre el importe de la renta. El juzgado de primera instancia y el tribunal de alzada resolvieron condenarla conforme a dicho contrato, sin atender el argumento de que dicha estipulación resultaba contraria al artículo 21.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que prohíbe la explotación de la persona por la persona.

La parte demandada promovió juicio de amparo directo. El Tribunal Colegiado de Circuito resolvió que la pena convencional pactada no constituía usura, al considerar que esta sólo se configura cuando una persona obtiene un interés excesivo, en provecho propio y de forma abusiva, derivado de un préstamo. Sin embargo, el órgano jurisdiccional omitió analizar la pena convencional bajo la óptica de la prohibición de explotación de la persona por la persona. Frente a ello, la parte quejosa interpuso recurso de revisión.

Criterio Publicado por la SCJN

La prohibición de explotación de la persona por la persona puede analizarse en cualquier contrato, al margen de su denominación, cuando se pacten intereses moratorios, penas convencionales u otras estipulaciones que generen un provecho económico excesivo para una parte, pues dicho análisis procede cuando exista una desproporción relevante entre las prestaciones que afecte la dignidad de la persona y denote un abuso o desequilibrio en la relación contractual.

Efectos de la Jurisprudencia de la SCJN

Cuando un criterio emitido por la Suprema Corte conforma jurisprudencia significa que deberá aplicarse de manera obligatoria en casos futuros. Los tribunales deberán considerar este nuevo estándar al analizar la validez de las cláusulas contractuales y determinar si existe explotación económica. Esto puede influir en la redacción de contratos y otros acuerdos legales, evitando que una parte imponga condiciones excesivas a la otra.

Dudas y Comentarios

En caso de dudas, interés en profundizar en la información o necesidad de revisar contratos para anticipar posibles implicaciones derivadas de esta jurisprudencia, nuestra Área de Resolución de Controversias está preparada para brindar apoyo estratégico. Nuestro equipo los acompañará en la evaluación del caso y propondrá soluciones legales a la medida, alineadas con los objetivos y necesidades de su organización.

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