Pablo E. Reyes
Andrés López

Criterios Jurisprudenciales sobre el Pacto de Sumisión Expresa y Providencias Precautorias

El 26 de junio de 2026, se publicaron en el Semanario Judicial de la Federación (“SJF”) dos Criterios Jurisprudenciales referentes al Pacto de Sumisión expresa en Pagarés y Contratos de Adhesión, y el Impacto de Providencias Precautorias en el Juicio oral Mercantil.

Estos criterios tienen como objetivo garantizar y evitar que se obstaculice la tutela judicial efectiva en títulos de crédito y contratos de adhesión, así como promover la agilidad y eficacia en juicios orales mercantiles.

Pacto de Sumisión Expresa en Pagarés y Contratos de Adhesión

La Jurisprudencia referente al Pacto de Sumisión Expresa en Pagarés y Contratos de Adhesión tiene como objetivo velar por la protección del suscriptor cuando no estuvo en posibilidad real de negociar los términos del título de crédito o contrato. Por lo que los Tribunales Colegiados de Circuito analizan que no debe aplicarse la cláusula de sumisión expresa para determinar la competencia territorial. Debiendo presidir el principio pro-persona y tomando como parámetro el domicilio del suscriptor.

Es importante precisar que el objetivo de la sumisión expresa es asegurar y facilitar la resolución expedita e imparcial. Sin embargo, cuando se trata de documentos que fueron pactados unilateralmente por entidades financieras, sin posibilidad de negociación y revisión por parte del suscriptor, se estaría ante una situación de aceptar o no.

El análisis de esta jurisprudencia tiene como finalidad establecer que la aplicación del pacto de sumisión no debe ser equivalente a la imposición de litigar fuera del domicilio del adherente cuando ello genere gastos extraordinarios o que pueda representar un impedimento al derecho de defensa.

Artículos 1092 y 1093 del Código de Comercio

Los artículos 1092 y 1093 del Código de Comercio (“CC”) establecen que, en el caso de aplicación de la competencia territorial, el pacto de sumisión expresa se puede prorrogar o ampliar siempre que exista la voluntad manifiesta y acuerdo para someter un litigo a determinados tribunales.

Por lo que, en el caso de que implique denegación de justicia por alguna de las partes, debe de limitarse hasta el punto de que se obligue a trasladarse a diverso lugar para ejercer el derecho de defensa, generando cargas onerosas que dilaten y obstaculicen el acceso a la justicia.

Providencias Precautorias en el Juicio Oral Mercantil

La jurisprudencia incorpora un punto medular respecto de ampliación de las providencias precautorias, que es:

Cuando se trate del otorgamiento o negación de las providencias precautorias dentro de un juicio oral mercantil, procede el amparo indirecto, toda vez que del contenido del Código de Comercio no existe medio de defensa ordinario para combatir dicha decisión.

Providencias Precautorias (Arts. 1168-1193 del Código de Comercio)

La finalidad de las providencias precautorias es evitar un daño, peligro o menoscabo, y por regla general se conceden en favor de los acreedores en contra el posible demandado, con el objetivo de garantizar el objeto de la litis y la ejecución de sentencia.

Entre ellas, destacan las siguientes:

  • Radicación de persona.
  • Retención de bienes.

Es importante precisar que un supuesto para su tramitación consiste en la presunción de que se los bienes sean dispuestos, ocultados o dilapidados.

Observación

El presente criterio solo aplicará a las determinaciones dictadas respecto de las providencias precautorias que deriven de un juicio oral mercantil. De ahí que al combatirse no procede el recurso de apelación previsto en los artículos 1183 y 1345 previo a la tramitación del amparo.

Equipo de Resolución de Controversias y Litigio

Nuestro equipo cuenta con amplia experiencia en litigio civil y mercantil, lo que nos permite brindar asesoría estratégica y acompañamiento integral frente a los nuevos retos derivados de estos criterios. Seguiremos monitoreando de cerca su implementación, con el objetivo de ayudar a nuestros clientes a preservar la certeza jurídica de sus operaciones, anticipar riesgos y diseñar estrategias de defensa efectivas ante los nuevos escenarios procesales.

Asimismo, en relación con el cumplimiento de los criterios antes mencionados, el equipo de Resolución de Controversias y Litigio está preparado para asesorarles en la revisión de sus contratos, con el propósito de prever posibles controversias sobre las condiciones en las que se pactan.

Post Tags :

Compartir

Leer más

Noticias Recientes
junio 30, 2026
Criterios Jurisprudenciales sobre el Pacto de Sumisión Expresa y Providencias Precautorias

El 26 de junio de 2026, se publicaron en el Semanario Judicial de la Federación (“SJF”) dos...

junio 30, 2026
Silencio en la Audiencia Preliminar: Preclusión de Derechos y Consentimiento Tácito bajo el Nuevo Procedimiento Laboral

Contexto Regulatorio El 22 de mayo de 2026 se publicó en el Semanario Judicial...

junio 29, 2026
Reforma a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

El 9 de junio de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Decreto por el que...

junio 29, 2026
Ascencio Rosario y otros vs. México: Resumen Oficial de la Sentencia Publicada en el Diario Oficial de la Federación

El 24 junio de 2026 el Gobierno Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación...

Escrito por:

Socio

Pablo is one of the Partners at Ibarra del Paso Gallego, where he leads the…

Pasante

Andrés is a Law Clerk at Ibarra del Paso Gallego, with experience in Litigation and…

Utilizamos cookies propias y de terceros para optimizar nuestro sitio web y nuestros servicios. Consulta nuestro Aviso de Privacidad para más información.