Carlos Ibarra

House Bill No. 40 – Delaware: Reforma al Procedimiento de Registro de Nombres Comerciales en Delaware

El pasado 7 de febrero de 2025, se promulgó en Delaware la Propuesta Legislativa ("House Bill”) No. 40, mediante la cual se reforman diversas disposiciones legales relativas al registro de nombres comerciales (también conocidos como "Doing Business As” o "DBA”). Estas modificaciones entrarán en vigor a partir del 2 de junio de 2025. A partir de esa fecha, será obligatorio que todas las entidades que actualmente cuenten con un nombre comercial registrado en Delaware lo reinscriban conforme al nuevo procedimiento establecido.

Aspectos Clave de la Reforma

1.- Implementación de un Sistema Estatal de Registro en Línea. A partir del 2 de junio de 2025, todos los registros de nombres comerciales deberán realizarse exclusivamente a través del portal electrónico “One Stop”, administrado por la División de Ingresos del Estado de Delaware, disponible en: https://onestop.delaware.gov/. Este nuevo procedimiento suprime tanto la presentación física de documentos como la obligación de notarización previa.

2.- Reinscripción Obligatoria y Periodo de Gratuidad. Todas las entidades con nombres comerciales registrados en Delaware deberán reinscribirlos de manera obligatoria. Durante el periodo comprendido entre el 2 de junio y el 1 de agosto de 2025, dicha reinscripción estará exenta del pago de derechos. A partir del 2 de agosto de 2025, se aplicará un derecho obligatorio de inscripción por la cantidad de $25 USD por cada nombre comercial registrado.

3.-Asignación de Nombres Comerciales Bajo Principio de Prelación Registral. Los nombres comerciales serán asignados siguiendo estrictamente el orden cronológico de presentación de las solicitudes. Por ello, es recomendable que las entidades afectadas procedan cuanto antes con la reinscripción para garantizar la conservación de sus nombres actuales.

4.- Licencia Especial para Entidades sin Operaciones Activas en Delaware. Las sociedades constituidas en Delaware que no realicen actividades comerciales dentro del estado, deberán previamente obtener una licencia especial denominada “Trade Name Only”. Esta licencia tendrá un costo inicial de $25 USD, así como una tarifa anual de renovación también por $25 USD.

Consideraciones Adicionales

Se recomienda que las entidades afectadas tomen medidas oportunas para asegurar el cumplimiento con las nuevas disposiciones antes del 1 de agosto de 2025, a fin de prevenir posibles conflictos derivados de la pérdida o duplicidad de nombres comerciales.

Para cualquier consulta o asesoría específica relacionada con esta reforma, nos ponemos a su disposición.

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