El propósito de esta nota es informarles sobre la aprobación del decreto por el que se adiciona el Artículo 276 Quater (el “Artículo”) al Código Penal para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 16 de abril de 2024 (la “Reforma”), mediante el cual se tipifica el delito de corrupción inmobiliaria para servidores públicos.
Objetivos Principales de la Reforma
El objetivo de la Reforma es penalizar y reducir los actos u omisiones de servidores públicos que tengan como resultado el incumplimiento de las disposiciones legales concernientes a la construcción y desarrollo de inmuebles, prohibiendo explícitamente la edificación de pisos adicionales a los autorizados.
Implicaciones Legales
De conformidad con el Artículo, los servidores públicos que cometan el delito de corrupción inmobiliaria podrán recibir una pena de diez a veinte años de prisión, esto con independencia de cualesquier otros tipos de sanciones que procedan por otros delitos.
Adicionalmente, cuando un funcionario público cometa el delito de corrupción inmobiliaria con la intención de derivar beneficios (ya sea en efectivo o en especie) en favor de: i) él mismo; ii) su cónyuge o concubino; iii) descendientes o ascendientes en línea recta; iv) parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado; v) terceros con los que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa; vi) socios; o vii) sociedades en las que forme parte, dicho acto u omisión se considerará agravado y por tanto se incrementará la pena de prisión en una mitad adicional a la correspondiente.
En conclusión, consideramos que la publicación de la Reforma no solo pretende disminuir los actos y omisiones que resulten en el incumplimiento de las diversas disposiciones legales en materia de desarrollo inmobiliario, sino que también pretende desincentivar y erradicar la concesión irregular de permisos de construcción.
Por favor, siga las actualizaciones relacionadas con esta Reforma.
